lunes, 24 de octubre de 2011

El Supremo concluye que los jueces no prevaricaron en los casos de Fórum y Afinsa

El demandante acusa a los magistrados de resolver en una sola sentencia todas las reclamaciones contra el Estado 



  MADRID, 24 Oct. (EUROPA PRESS) -


   El Tribunal Supremo ha concluido que los cinco jueces de la Audiencia Nacional que desestimaron la responsabilidad del Estado en las presuntas estafas Fórum Filatélico y Afinsa no prevaricaron al resolver en una sola sentencia todos los recursos presentados por los afectados, según el auto dictado el pasado 26 de septiembre.



   La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo concluye que el tribunal "debe razonar de manera suficiente para que se entienda por qué se desestima la pretensión, sin que le sea exigible que conteste a todas y cada una de las alegaciones concretas que se manifiestas por las partes".



   El abogado y afectado Fernando Zorita presentó una querella contra los cinco magistrados de la Sección Tercera-bis de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional por prevaricar, al dictar "a sabiendas" una resolución injusta, delito tipificado en el artículo 446 del Código Penal (CP).



   El demandante consideraba que los jueces habían vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de los 460.000 afectados al haber resuelto en una sola sentencia los cerca de 570 recursos presentados sin contestar con argumentos concretos a cada una de las alegaciones.



   El Supremo considera que "es suficiente con una respuesta que deje de manifiesto que la resolución no es arbitraria, sino fundada en razones que tienen su apoyo en el derecho vigente".


    El alto tribunal añade que solo basta con que la resolución "contenga la fundamentación precisa para que los litigantes conozcan las razones que condujeron a su adopción y les permita, así configurar recurso contra ella".



   El demandante consideraba que se ha vulnerado el artículo 120.3 de la Constitución Española, que contempla que los órganos jurisdiccionales tienen el deber de resolver de forma motivada sobre las pretensiones o cuestiones jurídicas formuladas. Al respecto, el Supremo concluye que "tal deber no alcanza a la contestación pormenorizada de todos y cada uno de los argumentos utilizados como apoyo a la pretensión".



   Este no es el único afectado por Fórum y Afinsa que ha formulado esta reclamación. Un grupo de perjudicados mantienen una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Estrasburgo), contra la actuación de los juzgados españoles en este caso.


   Los afectados reclaman una sentencia que se pronuncie sobre cada una de las pruebas presentadas y que se rebaje el límite mínimo de 150.000 euros que permite reclamar pérdidas ante el Tribunal Supremo. 



   Este límite impidió que la mayoría de los afectados por Fórum y Afinsa no pudieran presentar su recurso de casación a la sentencia dictada por la Audiencia Nacional y ratificada por el Tribunal Supremo en diciembre de 2010 que eximió al Estado de cualquier responsabilidad por no vigilar a las empresas filatélicas durante sus 27 años de existencia.